A- de 2023
Ponente José Fernando Reyes Cuartas
✓Demandante Instituto Distrital De Recreacion Y Deporte Idrd·Demandado Proyectos Y Condultorias Rc Sas
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Conocimiento de actos sujetos al derecho administrativo, cuando esté involucrada una entidad pública
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Conflicto de jurisdicciones suscitado entre el Juzgado Sesenta y Seis Administrativo del Circuito de Bogotá Sección Tercera y el Juzgado Veintidós Civil del Circuito de la misma ciudad.
La controversia entre los precitados despachos tuvo su origen en la demanda de restitución de bien inmueble con medida cautelar que presentó el IDRD en contra de la Sociedad y Consultorías RC S.A.S, para que por mandato judicial se ordenara la restitución del bien de uso público donde funciona el parqueadero de una unidad deportiva administrada por la demandada.
Luego de verificar el cumplimiento de los presupuestos para la configuración de un conflicto entre jurisdicciones determinó la Corte que la competencia judicial para conocer de litigios que pretendan la restitución de un bien inmueble de uso público entregado como consecuencia de un acto administrativo mediante el cual se autorizó su aprovechamiento económico, emitido por una entidad pública, corresponde a la jurisdicción contencioso administrativa, en virtud de la cláusula general de competencia establecida en el inciso 1º del artículo 104 del CPACA.
Con base en lo anterior se remitió el expediente al Juzgado Sesenta y Seis Administrativo del Circuito de Bogotá Sección Tercera, para que proceda con lo de su competencia y comunique la presente decisión a los interesados y al otro operador jurídico involucrado.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (2 puntos)
- PRIMERO. DIRIMIR el Conflicto de jurisdicciones suscitado entre el Juzgado Sesenta y Seis Administrativo del Circuito de Bogotá Sección Tercera y el Juzgado Veintidós Civil del Circuito de Bogotá y DECLARAR que el Juzgado Sesenta y Seis Administrativo del Circuito de Bogotá Sección Tercera, es la autoridad competente para conocer el proceso de restitución de bien inmueble de uso público promovido por Instituto Distrital de Recreación y Deporte - IDRD.
- SEGUNDO. REMITIR por intermedio de la Secretaría General, el expediente CJU-3851 al Juzgado Sesenta y Seis Administrativo del Circuito de Bogotá Sección Tercera, para que proceda con lo de su competencia y comunique la presente decisión a los interesados y al Juzgado Veintidós Civil del Circuito de Bogotá.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.